NOVEDADES SOBRE EL CALENDARIO DEL CONTRIBYENTE

En el complejo entramado del sistema fiscal español, el Calendario del Contribuyente surge como una herramienta fundamental para los ciudadanos y empresas, marcando hitos cruciales a lo largo del año. La Agencia Tributaria Española, consciente de la importancia de mantener informados a los contribuyentes, publica anualmente este calendario que actúa como guía para cumplir con las obligaciones fiscales de manera eficiente y oportuna.

Para este ejercicio 2024, la Agencia Tributaria ha vuelto a realizar la publicación, donde detalla con exactitud la fecha en que deben realizarse las diferentes obligaciones tributarias, y como novedades relevantes, se pueden encontrar las siguientes:

o Desaparece la declaración del modelo 503 sobre los movimientos intracomunitarios de productos sujetos a impuestos especiales de fabricación realizados por el sistema de envíos garantizados, que desde el 13 de febrero de 2023 se incluyen en el sistema informatizado que se utiliza para la circulación de productos sujetos a impuestos especiales en régimen suspensivo (EMCS). Si opera de manera ocasional con productos sujetos a impuestos especiales puede que tenga que presentar los nuevos modelos 504, 505 y 507.

o Los siguientes modelos serán presentados por primera vez en el ejercicio 2024 y su plazo de presentación es el siguiente:

1. Modelo 172. “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales”: 1 a 31 de enero.

2. Modelo 173. “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”: 1 a 31 de enero.

3. Modelo 721. “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero”: 1 de enero a 1 de abril.

4. Modelo 281. “Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario”: mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiera. Con carácter excepcional, la declaración informativa correspondiente al primer, segundo y tercer trimestre del ejercicio 2023 se presentará del 1 al 31 de enero de 2024.

5. Modelo 379. “Declaración informativa sobre pagos transfronterizos”: mes natural siguiente al correspondiente trimestre natural.

6. Modelo 238. “Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas”: pendiente de aprobación y determinación de la fecha de presentación.

7. Modelo 040. “Declaración censal de alta, modificación y baja en el registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados y en el registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información”: pendiente de aprobación y determinación de la fecha de presentación.

Asimismo, como principales fechas y plazos para el año 2024, se indican los siguientes:

o El 30 de enero de 2024 termina el plazo para presentar los modelos 130, 131 y 303 correspondientes al cuarto trimestre de 2023, así como el modelo 390 de resumen anual del IVA de 2023 y un día después, el 31 de enero, el resto de resúmenes anuales correspondientes al 2023.

o El plazo de presentación del modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas correspondiente al ejercicio 2023 es del 1 al 29 de febrero de 2024.

o El 3 de abril de 2024 se inicia el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023. A partir del 7 de mayo la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de la Renta 2022 por teléfono y a partir del 3 de junio presencialmente en sus oficinas y en cualquier caso, hasta el 1 de julio de 2024 o hasta el 26 de junio con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

o El plazo de presentación del modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2023 es del 1 al 25 de julio de 2024.

Para asegurar una gestión fiscal eficiente, los contribuyentes pueden adoptar ciertos consejos prácticos que faciliten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. En primer lugar, la organización meticulosa de documentos es esencial; mantener registros claros y actualizados simplifica el proceso de presentación de declaraciones y evita posibles errores. La utilización de herramientas en línea y de asistencia digital, proporcionadas por la Agencia Tributaria Española puede resultar útil, permitiendo a los contribuyentes acceder a información actualizada y presentar declaraciones de forma electrónica. Además, buscar asesoramiento profesional, ya sea a través de asesores fiscales, puede proporcionar orientación específica sobre las normativas vigentes y estrategias para optimizar la carga fiscal de manera legal. En última instancia, la anticipación y la planificación financiera son clave; estar al tanto de las fechas límite y reservar tiempo suficiente para preparar la documentación necesaria contribuyen significativamente a una experiencia fiscal más fluida y libre de complicaciones.

En conclusión, el Calendario del Contribuyente es más que un conjunto de fechas; es una hoja de ruta para los contribuyentes en el laberinto fiscal. Su comprensión y seguimiento no solo son obligatorios, sino que también pueden ser la clave para una gestión fiscal exitosa en el año 2024. Mantenerse informado y anticiparse a las fechas límite es la mejor estrategia para evitar sorpresas desagradables en el ámbito tributario.

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