Tipos de Despido en España: Guía Completa de un Abogado Laboralista en Barcelona
En España, el Estatuto de los Trabajadores regula los despidos y distingue varios tipos en función de la causa y sus efectos. A nivel general, se clasifican así:
1️⃣ Despido disciplinario
- Causa: Incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas de asistencia o puntualidad repetidas, indisciplina, ofensas, disminución voluntaria de rendimiento, embriaguez o toxicomanía que afecte al trabajo, acoso, etc.).
- Indemnización: No hay indemnización si se declara procedente.
- Preaviso: No es obligatorio, aunque el convenio colectivo puede establecerlo.
- Efectos:
- Si es procedente, se extingue el contrato sin indemnización.
- Si es improcedente, indemnización de 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades).
- Si es nulo, readmisión y pago de salarios de tramitación.
2️⃣ Despido objetivo
- Causa: Circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien ineptitud del trabajador, falta de adaptación a cambios técnicos, o ausencias justificadas intermitentes (estas últimas con limitaciones desde la reforma de 2020).
- Indemnización: 20 días por año trabajado (máximo 12 mensualidades) si es procedente.
- Preaviso: 15 días.
- Efectos:
- Si se declara improcedente, indemnización de 33 días por año trabajado (máx. 24 mensualidades).
- Si es nulo, readmisión y salarios de tramitación.
3️⃣ Despido colectivo (ERE)
- Causa: Idénticas al despido objetivo pero que afectan a un número mínimo de trabajadores (definido en el art. 51 ET).
- Procedimiento: Requiere negociación con representantes de los trabajadores y autorización según normativa.
- Indemnización: Mínimo 20 días por año trabajado (máx. 12 mensualidades), aunque en la práctica muchas empresas pactan más.
4️⃣ Despido improcedente
- No es una “modalidad inicial” sino el resultado de que un juez declare que el despido (disciplinario u objetivo) no tiene causa justificada o no se siguió el procedimiento legal.
- Opciones del empresario:
- Readmitir al trabajador y pagar salarios de tramitación.
- Pagar indemnización de 33 días/año (máx. 24 mensualidades).
5️⃣ Despido nulo
- Se produce cuando la causa del despido vulnera derechos fundamentales o libertades públicas, o se produce en supuestos protegidos (embarazo, maternidad/paternidad, reducción de jornada por cuidado de hijos, etc.) sin justificación.
- Efecto: Obligatoria la readmisión inmediata con abono de salarios de tramitación.
Resumen en tabla:
| Tipo de despido | Causa principal | Indemnización si procede | Efectos si improcedente | Efectos si nulo |
| Disciplinario | Incumplimiento grave del trabajador | 0 días/año | 33 días/año | Readmisión + salarios |
| Objetivo | Económica, técnica, organizativa, productiva, ineptitud | 20 días/año | 33 días/año | Readmisión + salarios |
| Colectivo (ERE) | Igual que objetivo, pero afecta a varios | 20 días/año (o más pactado) | 33 días/año | Readmisión + salarios |
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